Considerando que todo hecho delictivo, deja indicios materiales en el lugar en que se produce (escena del delito), muchos de los cuales pueden tener relación con los medios empleados para la consumación del delito, efectos, instrumentos y otros que además pueden permitir la identificación del autor y/o su relación con el delito; y, que estas, manipuladas adecuadamente brindan las mejores perspectivas de proporcionar información objetiva y certeza de interés criminalístico sobre el hecho materia de investigación; sin embargo, pese al mayor esmero que se ponga, su valor puede perderse si no se mantiene debidamente la cadena de custodia.
Lo mismo sucede con los decomisos, si es que estos no se adecúan a las formalidades establecidas en la ley cuando se produce un registro de personas y/o vehículos (Art.210 CPP) y cuando el Acta de Decomiso levantada no es objeto de la Confirmación Judicial conforme lo establece la ley (Art.316 CPP).
Para mejorar los niveles de exito en la Investigaciòn Criminal y teniendo en consideraciòn que es en la escena del delito, la mejor oportunidad que Fiscales y Policìas tienen para elaborar una hipòtesis de trabajo adecuada (Teorìa del Caso) que oriente la estrategia a seguir, es importante que ambos establescan unidad de criterio en el procedimiento de:
1. Llegada a la escena del delito
2. Custodia de la escena del delito
3. Perennización de la escena del delito
4. Inspección Técnico Policial de la escena del delito
5. Inspección Técnico Criminalística de la escena del delito
6. Recojo, embalaje y traslado de elementos materiales encontrados en la escena del delito.
7. Cadena de Custodia
8. Registro de personas y vehículos. Acta de Decomiso
9. Confirmación Judicial del Acta de Decomiso
Lamentablemente vemos y constatamos que actualmente se incurren en omisiones, errores, negligencias, la escena del delito no es considerada importante, la cadena de custodia es elaborada sin el menor cuidado y las actas de incautacion no son puestas a disposicion del Fiscal de manera inmediata para solicitar la Confirmaciòn Judicial correspondiente. Fiscales y Policìas deben establecer unidad de criterio en la escena del delito.
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